La jueza Carme Guil, presidenta de GEMME, pide que se cree un turno de oficio de mediación

Facultad de CC. Jurídicas, Económicas y Sociales

La jueza Carme Guil, presidenta de GEMME, pide que se cree un turno de oficio de mediación

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La jueza Carme Guil, presidenta de GEMME, pide que se cree un turno de oficio de mediación

La magistrada de la Audiencia Provincial de Barcelona Carme Guil, presidenta del Grupo Europeo de Magistrados por la Mediación (GEMME), ha reclamado en una conferencia impartida en la Universidad Católica de Valencia (UCV) que se cree un turno de oficio de mediación: “Aquellos que tienen derecho a una justicia gratuita también deberían tener la posibilidad de acceder a una mediación cubierta por la Administración, como sucede con el turno de oficio de los abogados”.

Guil ha pronunciado estas palabras durante su intervención en el tercer congreso internacional de la Facultad de Ciencias Jurídicas, Económicas y Sociales de la UCV sobre esta herramienta intrajudicial para la resolución de conflictos. En su opinión, la clave para que se cree esa suerte de turno de oficio paralelo está en “uniformizar” las normativas que regulan el acceso al registro de mediadores en las diversas administraciones autonómicas, de modo que “todos los españoles” dispongan de “una mediación de calidad”.

“La diferencia entre comunidades autónomas es ahora muy grande. Las formaciones inicial y continua que se le exigen a un mediador en Madrid no son las mismas en Cataluña, por ejemplo. Hace dos años hubo un conato de ley de impulso de la mediación para toda España, que no llegó a salir adelante. Actualmente existe un proyecto de ley de eficiencia procesal en proceso de enmiendas, que generaliza como requisito de procedibilidad los métodos adecuados de solución de controversias (MASC)”, ha expuesto Guil.

Desde GEMME se han propuesto una serie de enmiendas al proyecto de ley porque consideran que “ciertos aspectos incluidos la harían fracasar”, ha explicado la presidenta del grupo. Dichas puntualizaciones beben, en parte, de legislaciones vigentes en otros países como Italia: “Allí se ha generalizado la mediación obligatoria; es decir, antes de presentar una demanda es obligatorio ir a una sesión informativa para saber qué es la mediación”.

Los bufetes de abogados “deberían integrar en sus despachos un servicio de mediación”

A pesar de la existencia de la Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles de 2012, “los casos derivados a mediación son minoría. Uno de los obstáculos para que eso cambie son algunos abogados que “no dan una información correcta sobre otras alternativas al litigio a los clientes que desean poner una demanda porque desconocen esta herramienta, porque piensan que la mediación significa perder o porque no tienen claro que por encima de su interés económico está el del cliente”, ha lamentado Guil.

Según ha aducido la jueza catalana, “es necesario que los profesionales de la abogacía tengan claro que la mediación es una herramienta que debe ponerse al servicio de sus clientes. De hecho, los bufetes deberían integrar en sus despachos un servicio de mediación”. Para Guil, “en España tenemos integrada la cultura de la demanda, de la denuncia; quizás porque en nuestro país hay muchos abogados, pero es importante dar a conocer a la ciudadanía otros métodos óptimos para solucionar muchos de los casos que llegan a los tribunales”.

“El sistema está totalmente colapsado y hemos de tomar medidas. Nuestra administración de justicia tiene muchos defectos y en multitud de ocasiones nos limitamos aplicar la ley, sin aportar soluciones al ciudadano. La frustración ante una administración de justicia completamente ineficaz para los españoles, junto a la satisfacción de aquellos que han utilizado el servicio de mediación subraya la absoluta necesidad de extender la mediación.”, ha señalado.

De igual modo, Guil ha remarcado que el proyecto de ley sobre mediación incluye la “condena en costas” en los casos en los que se haga un “abuso” de la administración de justicia: “Para GEMME este es un aspecto clave, especialmente en casos de grandes empresas con una posición de dominio en el mercado, como sucede con las aerolíneas. Cuando van a juicio saben perfectamente que el cliente particular no puede permitirse el coste económico y de tiempo que supone un proceso judicial, y ellos sí. Por vía de la mediación podría llegarse a un acuerdo de manera ágil, pero eso iría contra el objetivo de retrasar todo lo posible el cumplimiento del deber de la empresa para con su cliente”.

Cuando existe una relación entre las partes “resulta conveniente derivar el caso a la mediación”

La presidenta de GEMME ha subrayado, además, la “eficacia” de la mediación en el ámbito civil, sobre todo en procesos de divorcio, “donde se produce tanto sufrimiento en el seno de las familias cuando las partes se empecinan en el conflicto con la intención de vencer al otro”.

“Cuando existe una relación entre las partes es conveniente derivar el caso a la mediación. En estas situaciones suele haber un conflicto anterior que ha dado lugar al objeto concreto de la demanda, además de que esas personas se van a seguir relacionando en el futuro. Además de las situaciones familiares sucede también, por ejemplo, cuando se trata de relaciones laborales o comunitarias, como ocurre con los problemas entre vecinos”, ha indicado.

En ese sentido, Guil ha hecho hincapié en el papel de los magistrados en estos casos: “Como juez, tienes pocas posibilidades de incidir en el origen del conflicto cuando lo único que puedes hacer es resolver una demanda y, por tanto, dictar una sentencia. En cambio, cuando se deriva el proceso a la mediación tienes otros instrumentos con otros profesionales que abordan precisamente ese génesis”.

Con ello se soluciona, “no solo el pleito pendiente”, sino que “probablemente se evitan múltiples pleitos futuros. De hecho, algunos casos de resolución del conflicto usando la mediación han dado lugar a una cadena de archivos de juicios pendientes”.

“La resolución de los conflictos a través de la mediación supone una satisfacción para las partes, frente a la frustración que se deriva de los procesos judiciales a causa de los retrasos, el trato poco deferente o las habituales quejas de los ciudadanos que no se sienten escuchados”, ha argumentado la jueza catalana.

En acuerdo a través de la mediación “quizás se cobre menos”, pero sabes “que cobras”

En los casos “con un interés meramente económico, teniendo en cuenta el coste monetario y temporal del pleito, si llegas a un acuerdo a través de la mediación puedes perder un poco de dinero respecto de la cantidad reclamada, pero a la vez ganas una solución en la que has participado. Y lo haces ahorrando esfuerzo y mucho tiempo respecto del que supone esperar a una resolución judicial”.  

“Hemos comprobado también que cuando existe una mediación y se llega a un acuerdo entre las partes, después no hay problemas de ejecución; a diferencia del resto de casos, en los que, tras la sentencia, superado todo el largo periplo de recursos y demás, llegas a la fase de ejecución y resulta que tampoco cobras”, ha afirmado la presidenta de GEMME.

Ponderando todos los aspectos “que suponen un proceso ineficaz que genera mucha frustración no justiciable”, la mediación “con profesionales de garantías” es para Guil “una solución que favorece todo lo demás; quizás cobres menos, pero cobras. Además, el tiempo que tardes en cobrar también es algo a valorar”.

Inteligencia artificial y mediación

Junto a la magistrada de GEMME, ha participado en el congreso de la UCV también el director adjunto del Centro de Arbitraje y Mediación de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), Ignacio de Castro. El directivo de esta agencia especializada de Naciones Unidas ha analizado en su conferencia la mediación en el ámbito de la propiedad industrial.

De igual modo, la profesora Andrea Planchadell, de la Universidad Jaime I (UJI), ha reflexionado sobre la mediación policial; la profesora de Derecho Procesal Ana Isabel Blanco, de la Universidad de Valencia (UV), lo ha hecho sobre la mediación bancaria e hipotecaria; y la responsable de la Unidad de Mediación en Quirón Salud Catalina Bernaldo de Quirós, ha tratado la idoneidad de este instrumento en el ámbito sanitario.

Además, la catedrática de Derecho Procesal de la UV, Silvia Barona, ha impartido la conferencia ¿Quo Vadis, mediación?; y la catedrática de Derecho Civil Adela Serra (UV), síndica de greuges de la misma universidad, se ha ocupado de analizar la mediación en el ámbito universitario junto a los profesores Antonio M. Lozano (Universidad de Granada) y Leticia García Villaluenga, directora del Máster de Mediación de la Universidad Complutense de Madrid.

Asimismo, el programa del Congreso ha dejado un espacio para reflexionar sobre la relación entre la inteligencia artificial y esta herramienta de resolución de conflictos. Han formado parte de esta mesa redonda el catedrático de Derecho Procesal Fernando Martín (Universidad de Salamanca), la catedrática de Filosofía de Derecho Nuria Belloso (Universidad de Burgos); y la profesora de Derecho Procesal Ana Montesinos (UV).

El encuentro internacional de la UCV ha contado también con la participación de María Soledad Lagos, jefa de la Unidad de Mediación del Centro de Arbitraje y Mediación perteneciente a la Cámara de Comercio de Santiago (Chile).

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