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Paz Gómez: "La educación vial aporta valores a los menores infractores como son el respeto a la vida y la solidaridad"
martes, 20 de julio de 2010 La profesora publica un artículo en una publicación para promover la Educación Vial
Paz Gómez, profesora de Educación Social de la Universidad Católica de Valencia "San Vicente Mártir" ha destacado en su artículo "La educación vial como estrategia educativa para la reinseción de menores infractores" que "el aprendizaje de este comportamiento requiere la adquisición de valores tales como el respeto a la vida, la solidaridad… constituye un paso más allá del conocimiento de normas y señales de circulación". La pedagoga ha participado en la publicación "Educación vial, respuesta a una necesidad social" perteneciente a la Colección Redes de Editorial Davinci. Está promovida desde la Facultad de Educación de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y apoyada por la Dirección General de Tráfico. Artículo y publicación toman como eje principal a la educación vial, básica para la seguridad vial y fundamental como parte de la educación del ciudadano a lo largo y ancho del ciclo vital. Hemos hablado con Paz Gómez para que nos amplie la información detallada en su artículo. ¿Cómo surge la idea de plantearse la educación vial como estrategia para la reinserción de menores? Con la implantación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, y su carácter educativo más que represivo, algunos jueces y fiscales de menores repararon en la posibilidad de imponer a los menores infractores medidas con contenidos de educación vial. ¿En qué consiste básicamente? La educación vial forma parte de la educación social de la persona dado que crea hábitos y actitudes positivas de convivencia, de calidad de vida, calidad medioambiental y de seguridad vial. Se trata comportarse, bien como peatón, conductor o acompañante, de acuerdo a unas normas de convivencia en el espacio común que es la vía pública, y siendo que el aprendizaje de este comportamiento requiere la adquisición de valores tales como el respeto a la vida, la solidaridad…, constituye un paso más allá del conocimiento de normas y señales de circulación. ¿Esta estrategia se dirige particularmente a los infractores en seguridad vial o en general a todos los menores infractores como medida educativa y de concienciación social? La educación vial puede formar a menores que han cometido delitos contra la seguridad de tráfico y también a los que han cometido delitos que no siendo de tráfico en su comisión se ha utilizado un vehículo, ciclomotor o bicicleta, así como a menores que han cometido otro tipo de delitos pero en los que el educador estima que sería beneficioso para su competencia psicosocial aprender educación vial, bien como fin en sí mismo o como estrategia para otros aprendizajes. ¿Hasta ahora cuales eran las medidas que se tomaban con el objetivo de reinsertar a los menores infractores en delitos directamente relacionados con la seguridad vial? ¿Qué tipo de programa de intervención es el más conveniente? Normalmente los jueces de menores imponen la medida, de entre las contempladas en la Ley 5/00, con carácter genérico, y es el educador quien, en función del perfil del menor, sus condiciones familiares, académicas, delito cometido…, establece el contenido educativo de la medida en el programa de ejecución que es derivado al juez para su aprobación. No hay contenidos estandar. ¿No es evidente, en muchos casos, que lo son en gran medida por el desconocimiento de las normas y debieran conocerlas? Por supuesto. De hecho si nos centramos en las características cognitivas y estilo de pensamiento de los menores infractores observamos que sus carencias e incompetencias son debidas, más que a deficiencias intelectuales, a una distorsión en el proceso de aprendizaje de las capacidades socialmente adecuadas, y ello motivado por situaciones de exclusión, marginalidad, o por la ausencia de normas y disciplina en el núcleo familiar. La educación vial puede contribuir a reducir o eliminar dichas incompetencias. ¿Cuál es el perfil del menor al que se dirige la educación vial? ¿Ha variado en los últimos años? No hay un único perfil, pero al hablar de menores de reeducación nos referimos sobre todo a adolescentes procedentes de familias desestructuradas, menores hijos de familias usuarias del sistema de servicios sociales o pertenecientes a sectores marginales con un bajo nivel económico y cultural, y menores consumidores de sustancias tóxicas. Sin embargo, en los últimos años se aprecia la incorporación de dos nuevos perfiles: los menores extranjeros indocumentados no acompañados, y menores normalizados procedentes de familias no desestructuradas pertenecientes a la clase social media y media-alta, con graves inadaptaciones familiares, escolares y sociales debido a la ausencia de normas y disciplina paternas. ¿Qué tipo de agentes sociales deben de participar en estos programas? ¿Con qué fines? Como hemos dicho, es el educador quien elabora el programa de ejecución. Sin embargo, además de éste, pueden y deben participar también en determinadas sesiones otros profesionales o agentes sociales como técnicos de las unidades de prevención comunitaria de drogodependencias, policías locales, asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico, técnicos de las correspondientes jefaturas provinciales de tráfico… ¿Cuál es según su opinión la clave del éxito de estos programas? Sobre las claves del éxito de los programas de intervención con menores infractores se han realizado numerosas investigaciones pero considero que parte del éxito de estos programas se debe a que con el señuelo de que el aprendizaje vial servirá al menor para obtener, si no ahora más adelante, el carnet o permiso de conducir, en las sesiones de educación vial se enseña la observancia de la normativa vial, pero desde un enfoque más educativo que de tráfico, al objeto de que el menor transfiera ese aprendizaje al cumplimiento de las normas sociales en general y al respeto de la autoridad en el sentido más amplio del término. ¿Cómo hacer para que el joven tome el programa como algo propio, algo que merezca la pena, o debe ser simplemente una imposición? ¿Es sólo una imposición derivada de una medida judicial o debe ser utilizado como estímulo para algún fin? El aprendizaje y cambio comportamental requieren como condición básica la motivación. En este sentido, la educación vial motiva al menor infractor neolector o con bajo nivel escolar en el aprendizaje de la lectoescritura y otros conocimientos académicos y también en el cumplimiento de la medida. Es un recurso para la reinserción social y adaptación al entorno urbano que desarrolla en el menor empatía, y forma en contenidos sociales básicos como el respeto a las normas sociales, la prevención del consumo de alcohol y otras drogas, medio ambiente…