Decreto 32/2007 | UCV

Decretos fundacionales

Decreto 32/2007, de 16 de marzo

, del Consell, por el que se autoriza la creación de centros universitarios y la implantación de enseñanzas en la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir. [2007/3685]

 

La Junta del Patronato de la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir solicitó autorización para la creación de la Facultad de Medicina y Odontología y la Escuela Universitaria de Fisioterapia en la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir, para organizar las enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado en Medicina, Licenciado en Odontología, Diplomado en
Fisioterapia y Diplomado en Podología, adjuntando la documentación justificativa que exigen los artículos 6 y siguientes del Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios.

El Consejo Valenciano de Universidades fue informado sobre las propuestas pendientes relativas a la creación, ampliación y transformación de centros y enseñanzas solicitados por la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir, en sesión de 21 de febrero de 2007.

Por todo ello, vistos el artículo 8 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y los requisitos exigidos por el Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios, a propuesta del conseller de Empresa, Universidad y Ciencia y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 16 de marzo de 2007,

DISPONGO

Artículo 1
Autorizar a la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir la creación en el Campus de Valencia (edificio San Carlos Borromeo, c/ Quevedo, 2D) de la Facultad de Medicina para organizar las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Licenciado en Medicina, Licenciado en Odontología, Diplomado en Fisioterapia y Diplomado en Podología, cuya implantación también se autoriza.

Artículo 2
La puesta en funcionamiento de los centros y enseñanzas a que se refiere el presente decreto será autorizada por el conseller de Empresa, Universidad y Ciencia una vez que la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir acredite el cumplimiento de los compromisos adquiridos para la autorización de implantación y creación de dichos centros y enseñanzas, y una vez homologados por el Gobierno los títulos oficiales a expedir por el centro, previa homologación de los planes de estudios por el Consejo de Coordinación Universitaria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en el Real Decreto 49/2004, de 19 de enero, sobre homologación de planes de estudios y títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

DISPOSICIONES FINALES
Primera
Se faculta al conseller de Empresa, Universidad y Ciencia para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y ejecución de lo dispuesto en este decreto.

Segunda
Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Alicante, 16 de marzo de 2007

El president de la Generalitat,
FRANCISCO CAMPS ORTIZ

El conseller de Empresa, Universidad y Ciencia,
JUSTO NIETO NIET